Protocolo del Partido del Trabajo para prevenir, atender, sancionar, reparar y erradicar la Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género

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Preámbulo

El presente Protocolo es resultado de una larga lucha, ardua y constante, por el goce pleno de los derechos de las mujeres, incluyendo nuestro ámbito: el político-electoral.

Tal y como señalan nuestros Documentos Básicos, el Partido del Trabajo no únicamente está consciente de la importancia del papel revolucionario de la mujer a través de toda nuestra historia, sino que también lo es de la discriminación y violencia que ha sufrido a través de esta. Es por ello que estamos comprometidos con la promoción y participación de las mujeres en igualdad de oportunidades y equidad respecto de los hombres en todos los niveles: órganos, instancias, precandidaturas y candidaturas de nuestro partido.

Asimismo, entendemos que es nuestra obligación el promover, proteger y respetar los derechos político-electorales de las mujeres que establecen la Constitución Federal como los tratados internacionales firmados y ratificados por nuestro país; tanto al interior como al exterior de nuestro partido. Si bien existen ya muchos instrumentos internacionales sobre este respecto, podemos destacar dos: la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), la cual establece que los Estados parte deberán tomar las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en la vida política y pública del país; y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará), que establece que toda mujer tiene derecho a una vida libre de violencia, tanto en el ámbito público como en el privado y que la violencia contra la mujer impide y anula el ejercicio libre y pleno de sus derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales.

En lo que respecta al ámbito nacional, en los últimos años se han creado nuevas leyes como la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y se han modi cado otras como la Ley General de Partidos Políticos, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, la Ley General en Materia de Delitos Electorales, la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República, la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y la Ley General de Responsabilidades Administrativas. Lo anterior con el n de incorporar el concepto de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género (VPMRG).

Sin embargo, no obstante se cuenta ya con una robusta legislación en la materia, en donde se establecen responsabilidades en la legislación electoral, penal y de responsabilidades administrativas, aún encontramos muchos casos de violencia contra las mujeres por el hecho de ser mujeres. Esto no tiene cabida en un Estado de Derecho ni mucho menos en nuestra democracia y, por ende, tampoco la tiene en nuestro partido. Es necesario empoderar a las mujeres y también es necesario erradicar la violencia política contra las mujeres en razón de género.