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Rezago legislativo superado: La diputada Miriam Saldaña presentó 75 iniciativas para actualizar el término «Distrito Federal» por «Ciudad de México», cumpliendo con un mandato constitucional que anteriores legislaturas ignoraron durante seis años.
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Certeza jurídica para sectores vulnerables: Saldaña Cháirez subrayó que corregir el nombre de la entidad en leyes clave (como las de género y la comunidad LGBTTTI) evita fisuras legales que puedan ser utilizadas para obstaculizar la justicia y perjudicar a las víctimas.
Miriam Saldaña Cháirez durante su gestión legislativa, una de sus prioridades ha sido adecuar la totalidad del orden Jurídico de la Ciudad de México, a efecto de dar cumplimiento al artículo Trigésimo Noveno Transitorio de la Constitución Política de la Ciudad de México, que a la letra dice:
TRIGÉSIMO NOVENO. – En las materias de su competencia, el Congreso deberá adecuar la totalidad del orden jurídico de la Ciudad de México a esta constitución, a más tardar el 31 de agosto de 2024.
La legisladora Saldaña remarcó, que al comienzo de la III Legislatura, ya había fenecido el plazo otorgado al Congreso Capitalino para armonizar la Ley de la Ciudad de Mexico a lo dispuesto en su Constitución, sin que se hubiese acatado dicho mandato constitucional, subrayó además que, en 6 años, ninguna Legislatura, ningún diputado, incluso muchos de los que están repitiendo Legislatura, se dieron con la tarea de cumplir con la Ley.
Miriam Saldaña señaló, que presentó la totalidad de 75 iniciativas ante el Congreso de la CDMX a efecto de cumplir con lo dispuesto en el artículo transitorio en comento, para armonizar el nombre de Distrito Federal a Ciudad de México.
La Diputada Petista indicó además, que votar esta iniciativa es atender una tarea que aunque parezca meramente formal, encierra un profundo significado Jurídico, Institucional y Social, tanto en la Ley para el reconocimiento y la atención de las personas LGBTTTI de la Ciudad de México, como en la Ley de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia de nuestra Capital, su vigencia, su aplicabilidad y su eficiencia, depende de que su texto Jurídico sea preciso, actualizado y coherente en el orden Jurídico vigente.
Finalmente concluyó diciendo: una Ley que nombra de manera equivocada a la entidad que la emite, genera fisuras interpretativas qué pueden ser utilizadas para obstaculizar su aplicación en perjuicio de las víctimas. Qué el nombre correcto de nuestra Ciudad en esta Ley sea también el símbolo de una Institución que está a la altura de sus obligaciones y de la confianza de quienes más lo necesitan.


