Para presentar una solicitud de información al PT a partir del 05/mayo/2016, acceder en la siguiente dirección a través de la cual está disponible la Plataforma Nacional de Transparencia.

https://www.plataformadetransparencia.org.mx

La Unidad de Transparencia

Deberá garantizar las medidas y condiciones de accesibilidad para que toda persona pueda ejercer el derecho de acceso a la información, mediante solicitudes de información presentadas por sí misma o a través de su representante, y deberá apoyar al solicitante en la elaboración de las mismas, a través de la Plataforma Nacional, en la oficina u oficinas designadas para ello, vía correo electrónico, correo postal, mensajería, telégrafo, verbalmente o cualquier medio aprobado por el Sistema Nacional de Transparencia, de conformidad con las bases establecidas en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública -LGTAIP-.

LGTAIP Artículo 126.

Para presentar una solicitud no se podrán exigir mayores requisitos que los siguientes:

I. Medio para recibir notificaciones;

II. La descripción de la información solicitada, y

III. La modalidad en la que prefiere se otorgue el acceso a la información, la cual podrá ser verbal, siempre y cuando sea para fines de orientación, mediante consulta directa, mediante la expedición de copias simples o certificadas o la reproducción en cualquier otro medio, incluidos los electrónicos.

En su caso, la persona solicitante señalará el formato accesible o la lengua indígena en la que se requiera la información de acuerdo a lo señalado en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Unidad de Transparencia correo electrónico:

unidadtransparenciaptnal@gmail.com

Domicilio: Sede nacional del Partido del Trabajo, ubicada en la Planta Baja de Avenida Cuauhtémoc número 47, colonia Roma Norte, C.P. 06700, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Ciudad de México, número telefónico 55 55 11 89 83 / horario de 10:00 a 17:00 horas, de lunes a viernes. 

Denuncias por incumplimiento de la publicación de las obligaciones de Transparencia

Para verificar el cumplimiento a lo dispuesto en el Capítulo III, Lineamiento Trigésimo quinto fracción II, de los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones de Transparencia, que establece que las acciones de vigilancia podrán realizarse por petición de parte, cuando cualquier persona presente una denuncia por incumplimiento a las obligaciones de transparencia, la cual se sustanciará conforme al procedimiento establecido en el Capítulo VII del Título Quinto de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, publicada en el Diario Oficial de la Federación del 20 de marzo de 2025; este sujeto obligado publica y actualiza trimestralmente en la sección de Transparencia de su portal de Internet institucional, la información relativa a las denuncias por incumplimiento de la publicación de las Obligaciones de Transparencia previstas en los artículos 65 y 75 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que tramitan las personas ante la Autoridad Garante, de conformidad con el artículo 88 de la referida Ley.

En ese sentido, a continuación se relacionan las denuncias presentadas en contra del Partido del Trabajo ante el otrora Órgano Garante, a partir del primer trimestre de 2019 y hasta el primer trimestre de 2025, periodo en el que fue extinguido; y a partir del segundo trimestre de 2025 ante el Instituto Nacional Electoral como Autoridad Garante en materia de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales de los Partidos Políticos.


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Fecha de actualización: junio 30 de 2026