Ricardo Mejía logra avance histórico contra el reclutamiento forzado: penas de hasta 20 años.

La Cámara de Diputados aprobó por unanimidad una reforma para tipificar y sancionar el reclutamiento forzado criminal, una problemática que Ricardo Mejía Berdeja había colocado en la agenda legislativa. La reforma establece penas de 10 a 20 años de prisión y reconoce una protección especial para niñas, niños y adolescentes.

Ciudad de México, 21 de octubre de 2026.— La Cámara de Diputados dio un paso relevante para combatir una de las formas de captación utilizadas por grupos criminales: el reclutamiento forzado de personas, particularmente de niñas, niños y jóvenes.

Con 419 votos a favor y ninguno en contra, el pleno aprobó reformas a la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas para incorporar un capítulo específico sobre reclutamiento forzado. El dictamen establece penas de 10 a 20 años de prisión, además de multas, para quienes recluten, induzcan o incorporen personas a grupos delictivos en los supuestos establecidos por la reforma.

El avance legislativo tiene un antecedente directo en el trabajo del diputado federal del Partido del Trabajo Ricardo Mejía Berdeja, quien desde 2025 presentó una iniciativa para reconocer expresamente el reclutamiento forzado como delito y establecer sanciones de 10 a 20 años de prisión. Su propuesta planteó combatir mecanismos como el engaño, falsas ofertas, amenazas, intimidación, extorsión y violencia utilizados para incorporar personas a organizaciones criminales.

Ricardo Mejía impulsó cerrar el vacío legal

Mejía Berdeja insistió durante el proceso legislativo en que México necesitaba herramientas jurídicas específicas para enfrentar una práctica que se ha transformado con el uso de redes sociales, plataformas digitales y falsas oportunidades laborales.

El planteamiento cobró fuerza este año. El 6 de octubre, durante los trabajos de la Comisión de Justicia, Mejía destacó el avance de un dictamen que incorporaba un capítulo específico para el reclutamiento forzado y contemplaba precisamente sanciones de 10 a 20 años.

La reforma aprobada por la Cámara establece además que todo reclutamiento de niñas, niños y adolescentes será considerado reclutamiento forzado, independientemente de los mecanismos utilizados para su captación.

La legislación también contempla supuestos agravados. Cuando el reclutamiento se realice mediante intimidación, amenaza, coacción, violencia física o moral o abuso de poder, las sanciones pueden alcanzar hasta 25 años de prisión. También se establecen agravantes relacionadas con víctimas indígenas, afromexicanas o migrantes, así como cuando participen funcionarios o exintegrantes de corporaciones de seguridad o de las Fuerzas Armadas.

Para Mejía Berdeja, la prioridad ha sido particularmente la protección de las nuevas generaciones frente a organizaciones que han sofisticado sus métodos de captación. La delincuencia ya no necesita acercarse físicamente a una víctima desde el primer momento: una falsa oferta laboral o un contacto digital puede convertirse en la puerta de entrada a situaciones de engaño, amenaza y violencia.

El resultado de la votación representa un amplio consenso legislativo: 419 diputadas y diputados respaldaron la reforma.

Sin embargo, existe una precisión jurídica importante: la reforma todavía no puede presentarse como una ley ya vigente. Tras su aprobación en la Cámara de Diputados, el proyecto fue turnado al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

Por ello, el avance conseguido en San Lázaro constituye una etapa decisiva, pero el procedimiento legislativo todavía debe continuar.

Para Ricardo Mejía, la aprobación permite avanzar hacia el objetivo que impulsó desde su iniciativa: cerrar espacios legales utilizados por la delincuencia y dotar al Estado de instrumentos específicos para perseguir una práctica que afecta especialmente a jóvenes y menores de edad.

La señal emitida desde la Cámara de Diputados es clara: reclutar personas para incorporarlas a estructuras criminales debe tener consecuencias penales específicas y la niñez y la juventud requieren una protección reforzada frente a estas redes.

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